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CLÁUSULA ARBITRAL

Nuestra Cláusula

Debes incorporar en tus contratos una cláusula que te permita iniciar arbitraje cuando surja alguna controversia. En ese sentido, te proponemos esta dos formas que puedes incluir:

Tribunal Arbitral, conformado por 1 árbitro.

Toda controversia que se derive de la celebración, cumplimiento, ejecución y/o interpretación del presente contrato o de sus documentos complementarios o modificatorios, que guarden relación con él, por cualquier causa o motivo, incluidas las que se refieran a su nulidad, invalidez y/o eficacia, serán resueltas mediante Arbitraje nacional y de derecho, administrado por el Centro de Arbitraje “ARBITRARE” de la empresa ARBITRARE SOLUCIONES LEGALES Y ARBITRALES S.A.C, de conformidad con sus reglamentos vigentes a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje. La controversia será resuelta por árbitro único elegido por el Centro y el laudo será inapelable.

Tribunal Arbitral, conformado por 3 árbitros.

Toda controversia que se derive de la celebración, cumplimiento, ejecución y/o interpretación del presente contrato o de sus documentos complementarios o modificatorios, que guarden relación con él, por cualquier causa o motivo, incluidas las que se refieran a su nulidad, invalidez y/o eficacia, serán resueltas mediante Arbitraje nacional y de derecho, administrado por el Centro de Arbitraje “ARBITRARE” de la empresa ARBITRARE SOLUCIONES LEGALES Y ARBITRALES S.A.C, de conformidad con sus reglamentos vigentes a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje. La controversia será resuelta por tres árbitros, cada parte elegirá a un árbritro en su solicitud de arbitraje y en la contestación y el tercer árbitro sera elegido por el Centro. El laudo será inapelable.