COMUNICADO NRO. 08-2020-DB/ARBITRARE
El Centro de Resolución de Disputas “ARBITRARE DISPUTE BOARDS” de Arbitrare Soluciones Legales y Arbitrales S.A.C., en razón al
Decreto Supremo 116-2020- PCM que prorroga el Estado de Emergencia Nacional del 01 al 31 de julio de 2020, comunica lo siguiente:
1.
Se reanudan las actividades administrativas en el Centro, a partir del 01 de agosto de 2020, en atención al Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, que aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la Declaratoria de Emergencia Nacional por COVID-19, en la cual se encuentran incluidas las actividades jurídicas.
2.
Continuamos dando prioridad al trabajo remoto de nuestros colaboradores. Por ello, en caso sea estrictamente necesario, la atención presencial se hará previa coordinación de citas al celular 986636759 y tomando las medidas de seguridad.
3.
Para
presentación de documentos relativos a comunicaciones sobre designación de Centro, designación de adjudicador, costos, suscripción de contrato tripartito entre otros relacionados con la Junta de Resolución de Disputas, se insta a los usuarios
a remitirlos de manera virtual, al correo institucional
disputeboards@arbitrareperu.com, escaneados en PDF, con firma y sello.
4.
En los procesos que no cuenten con una Junta de Resolución de Disputas constituida, y que quedaron suspendidas por el Estado de Emergencia e inmovilización social obligatoria dispuesto mediante el Decreto Supremo Nro. 044-2020-PCM de fecha 15 de marzo de 2020 y sus prórrogas, a partir del 1 de agosto de 2020 se reanudan los plazos y actuaciones, debiendo el Centro continuar con el proceso en el estado en que se encuentre a través de medios virtuales.
4.
En los demás procesos, será la Junta de Resolución de Disputas o el Adjudicador el que disponga lo pertinente , en cada caso.
Trujillo, 31 de julio de 2020
EL DIRECTORIO